← Volver a noticias

La UE exigirá trazabilidad hasta la parcela para el café y el cacao desde el 30 de diciembre

Los operadores medianos y grandes deberán aplicar las reglas de trazabilidad del reglamento europeo contra la deforestación desde el 30 de diciembre de 2026. Los proveedores de café y cacao necesitarán la geolocalización de las parcelas y pruebas de que no hubo deforestación después del 31 de diciembre de 2020.

La UE exigirá trazabilidad hasta la parcela para el café y el cacao desde el 30 de diciembre

El acceso al mercado dependerá de pruebas sobre la parcela

El café, el cacao y los derivados incluidos en la normativa afrontarán nuevos requisitos de trazabilidad en la Unión Europea desde el 30 de diciembre de 2026. El Español informa de que los operadores medianos y grandes deberán demostrar que la mercancía no procede de terrenos deforestados después del 31 de diciembre de 2020. Las reglas se aplicarán tanto en España como en el resto del mercado comunitario.

El Reglamento de la Unión Europea sobre productos libres de deforestación, conocido como EUDR, no prohíbe los suministros de países tropicales ni obliga a mantener vegetación forestal en todas las fincas. Exige que los productos incluidos estén libres de deforestación, se hayan obtenido conforme a la legislación del país de origen y cuenten con una declaración de diligencia debida antes de comercializarse en la UE o exportarse.

El cumplimiento dependerá de información generada desde el inicio de la cadena. Los operadores tendrán que recopilar datos del producto, la cantidad, el proveedor, el país de producción y las parcelas de cultivo. La geolocalización será obligatoria. En parcelas de más de cuatro hectáreas se exigirá un polígono que marque el perímetro, no una dirección aproximada.

La evaluación de riesgo decidirá si la mercancía puede venderse

Las empresas deberán evaluar el riesgo de incumplimiento a partir de la información recopilada. El análisis podrá considerar la clasificación del país, la presencia de bosques, la complejidad de la cadena de suministro, la fiabilidad de los documentos y posibles casos de corrupción, falsificación o vulneración de derechos.

Si el riesgo no es nulo o despreciable, el operador tendrá que reducirlo antes de introducir la mercancía en el mercado. Podrá solicitar más documentación, realizar controles o corregir deficiencias con sus proveedores. Si persisten las dudas, el producto no podrá comercializarse en la UE.

La responsabilidad principal recaerá en quien introduzca por primera vez el producto cubierto en el mercado europeo o lo exporte. Los operadores posteriores no siempre tendrán que presentar una nueva declaración completa, pero deberán conservar y transmitir las referencias necesarias para mantener la trazabilidad. Las autoridades podrán combinar revisiones documentales, inspecciones e imágenes de satélite.

Los productos y los plazos empresariales varían

En café, el alcance comprende producto sin tostar, tostado y otras mercancías identificadas mediante códigos aduaneros. En cacao incluye granos, pasta, manteca, polvo y chocolate. Un alimento no queda incluido automáticamente por tener aroma de café o cacao; el alcance jurídico depende de la lista de productos del reglamento.

Según El Español, una modificación de 2026 añadió nuevos productos, entre ellos determinadas categorías de café soluble, pero su aplicación se retrasa hasta el 30 de diciembre de 2027. El calendario, por tanto, varía según el producto. La mayoría de los operadores micro y pequeños constituidos antes de terminar 2024 dispondrá hasta el 30 de junio de 2027, mientras que las empresas medianas y grandes deberán cumplir desde el 30 de diciembre de 2026.

Para proveedores, comerciantes y procesadores, un documento con el país de origen ya no será suficiente. El acceso a España y al resto de la UE dependerá de conservar una cadena verificable desde el cargamento hasta la parcela concreta. Los proveedores sin coordenadas o pruebas fiables sobre el uso del suelo se exponen a controles adicionales, retrasos comerciales o pérdida de acceso al mercado. El reglamento también abarca ganado, soja, aceite de palma, caucho, madera y determinados derivados. Según la cifra de la Comisión Europea citada por El Español, sin estas medidas el consumo europeo podría contribuir cada año a más de 248.000 hectáreas de deforestación, una superficie cercana a la de Luxemburgo.

Análisis completo del mercado

Utilizamos cookies para mejorar su experiencia de navegación, ofrecer contenido personalizado y analizar nuestro tráfico. Al hacer clic en "Aceptar todo", usted acepta nuestro uso de cookies. Puede gestionar sus preferencias o obtener más información en nuestra Política de privacidad.