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La Comisión Europea aclara que los tapones de anilla metálicos y las tapas selladas de aluminio quedan fuera de la directiva de plásticos de un solo uso

La Comisión Europea ha actualizado mediante la Comunicación C/2026/4813 sus directrices de 2021 sobre la directiva de plásticos de un solo uso y confirma que el tapón de anilla metálico con sello y lengüeta de plástico, así como la tapa sellada de aluminio, quedan fuera del ámbito de aplicación. Todos los tapones de plástico usados con botellas, bolsas y envases de bebidas de plástico de un solo uso siguen incluidos.

La Comisión Europea aclara que los tapones de anilla metálicos y las tapas selladas de aluminio quedan fuera de la directiva de plásticos de un solo uso

La Comisión Europea ha descartado una prohibición en la UE de los tapones de anilla metálicos y de las tapas selladas de aluminio empleadas con botellas y envases de bebidas de plástico de un solo uso, al aclarar que estos cierres quedan fuera del ámbito de aplicación de la directiva de plásticos de un solo uso. La precisión figura en la Comunicación C/2026/4813, publicada el 8 de septiembre en la serie C del Diario Oficial de la UE, según informa ItaliaOggi.

Una actualización de las directrices de 2021

La comunicación actualiza las directrices que la Comisión publicó en 2021 sobre la interpretación y aplicación de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto ambiental de determinados productos de plástico, conocida como SUPD.

La revisión es acotada. Modifica el cuadro sobre tapones, tapas y cubiertas de la sección 4.4.2 de las directrices y gira en torno a la clasificación de un tapón de plástico utilizado en combinación con una tapa de lámina de aluminio, una configuración habitual en las botellas de polietileno de alta densidad para leche tratada a ultra alta temperatura.

Qué sigue dentro y qué queda fuera

Quedan excluidos de la directiva el tapón metálico con anilla de apertura, sello de plástico y lengüeta de plástico, y la tapa sellada de aluminio utilizada con botellas y envases de bebidas de plástico de un solo uso. Los cierres de plástico permanecen plenamente incluidos. Según el cuadro actualizado, entran en el ámbito de aplicación:

  • todos los tapones de plástico usados con botellas de bebidas de plástico de un solo uso;
  • los tapones de plástico para bolsas de bebidas de plástico de un solo uso;
  • los tapones abatibles para envases de bebidas de plástico de un solo uso;
  • el tapón de plástico con sello de plástico diferenciado.

El cuadro 7 de las directrices recoge ejemplos ilustrativos de tapones y tapas selladas para botellas y envases de bebidas de plástico de un solo uso, y precisa en cada caso si el producto entra o no en el ámbito del artículo 6, apartado 1, de la SUPD, la norma que exige que tapones y tapas permanezcan unidos al envase.

Cómo distingue la Comisión tapones, tapas selladas y tapas

La Comisión señala que los tapones y las tapas cierran los envases de bebidas con el objetivo de conservar su contenido. Se utilizan junto con envases, botellas y vasos de bebidas para garantizar que el líquido no se derrame y pueda transportarse. Ni la directiva ni ninguna otra norma o estándar técnico de la UE en vigor definen con claridad estos términos, pero, según la comunicación, cabe establecer una distinción entre ellos.

Los tapones son cierres colocados en envases o botellas de bebidas, por ejemplo para evitar que el líquido se derrame —incluso después de retirar una tapa sellada— y para permitir un transporte seguro.

Las tapas selladas están formadas por material plástico o compuesto, incluidas películas de plástico selladas sobre envases, botellas y vasos de bebidas. Pueden despegarse o rasgarse. Una vez que el consumidor las retira en la primera apertura, no pueden volver a colocarse sobre el producto. La categoría puede incluir también ciertos tapones de mayor diámetro o de forma no circular.

Las tapas son dispositivos de cierre utilizados en vasos de bebidas que protegen el líquido, pero que por lo general no lo sellan por completo. Pueden volver a colocarse sobre el producto tras retirarlas sin perder su función de cierre. Algunas incorporan un elemento que evidencia manipulaciones, considerado parte del sistema de cierre.

Implicaciones para envasadores y transformadores

Para las envasadoras de bebidas, los transformadores de envases y los fabricantes de cierres, el efecto práctico es que los formatos con tapa de lámina de aluminio sobre botellas de polietileno de alta densidad —la configuración estándar de la leche UHT— no quedan sujetos a la obligación de tapón solidario del artículo 6, apartado 1. Los productores que emplean cierres íntegramente de plástico, incluidos los abatibles y los tapones con sello de plástico separado, siguen sujetos a ella.

Las directrices tienen carácter interpretativo y no modifican el texto de la Directiva 2019/904; el control sigue apoyándose en la transposición nacional. Aun así, el cuadro actualizado fija la referencia con la que se evaluarán los cierres que fabricantes e importadores pongan en el mercado de la UE.

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