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El Reglamento de la UE sobre envases entra en vigor el 12 de agosto y redefine el cumplimiento

El Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases será de aplicación directa en todos los Estados miembros a partir del 12 de agosto de 2026, sustituyendo las normas nacionales basadas en la Directiva 94/62/CE. Más de diez fabricantes han presentado demandas ante el tribunal de la UE para anular el reglamento, alegando que excede la competencia medioambiental del bloque.

El Reglamento de la UE sobre envases entra en vigor el 12 de agosto y redefine el cumplimiento

Un mes para la aplicación directa

Un mes antes de que el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases sea de aplicación directa en toda la Unión Europea, se insta a las empresas que comercializan productos envasados en el mercado de la UE a revisar su estado de cumplimiento. Según un análisis jurídico publicado por delfi.lv, la aplicación directa del reglamento comenzará el 12 de agosto de 2026 y sustituirá los modelos nacionales de transposición basados en la anterior Directiva 94/62/CE. En Letonia, esa directiva se había incorporado a través de la Ley de Envases nacional; a partir de la fecha de entrada en vigor, el reglamento de la UE se aplicará directamente, sin necesidad de legislación nacional adicional.

La coincidencia temporal es notable: la Directiva Ómnibus (UE) 2026/470 ha pospuesto temporalmente las obligaciones formales de información sobre sostenibilidad para las empresas de la UE. Sin embargo, delfi.lv señala que otros instrumentos jurídicos de la UE, incluido el Reglamento de Envases, avanzan en dirección contraria, ampliando de forma significativa las obligaciones de sostenibilidad y la exposición a la responsabilidad de las empresas de producción y venta en los Estados miembros.

Nuevos requisitos en todo el ciclo de vida del envase

El Reglamento (UE) 2025/40 establece criterios uniformes para la producción, el uso, la clasificación y la eliminación de envases, aplicables en todos los Estados miembros. Según el análisis, los principales requisitos incluyen:

  • la prohibición de comercializar envases que contengan sustancias per- y polifluoroalquiladas (PFAS) por encima de los límites de concentración establecidos, o concentraciones combinadas de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente por encima de los umbrales regulatorios
  • la obligación de garantizar que los envases sean reciclables o reutilizables
  • el requisito de reducir el peso y el volumen del envase al mínimo necesario para su funcionalidad
  • la prohibición de envases diseñados únicamente para hacer que un producto parezca de mayor tamaño, incluidas paredes dobles, falsos fondos y capas innecesarias
  • restricciones al espacio vacío excesivo en envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico
  • la prohibición, a partir de 2030, de varios formatos de envase actualmente muy utilizados en el mercado de la UE
  • medidas para fomentar el uso por parte de los consumidores de envases reutilizables o aportados por ellos mismos

La definición de envase en el reglamento es lo bastante amplia como para incluir componentes que tradicionalmente no se trataban como elementos de cumplimiento independientes, como bolsitas de té, etiquetas adheridas a frutas y verduras, cajas de cerillas, grapas, dosificadores y cepillos de rímel, elementos difíciles de separar del producto envasado y reciclar por separado.

Los fabricantes impugnan el reglamento ante los tribunales

El alcance de las nuevas normas ha generado una fuerte oposición entre los fabricantes europeos de envases. Según delfi.lv, se han presentado más de diez demandas ante el tribunal de la UE solicitando la anulación total o parcial del Reglamento de Envases. Los demandantes alegan que sus requisitos son desproporcionados, perjudican la competencia y que el reglamento excede la competencia medioambiental otorgada a la UE por el artículo 192 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), pese a haberse adoptado formalmente al amparo del artículo 114, la competencia de armonización del mercado interior de la UE. Entre otras cuestiones, los demandantes piden eliminar del reglamento la prohibición de los plásticos de un solo uso y la obligación de los Estados miembros de implantar un sistema integral de depósito de envases.

El análisis traza un paralelismo con el asunto C-376/98, el caso de la "publicidad del tabaco", en el que el Tribunal de Justicia de la UE anuló íntegramente la Directiva 98/43/CE sobre publicidad del tabaco tras dictaminar que el artículo 114 no puede utilizarse para perseguir objetivos —como la salud pública— ajenos a una auténtica armonización del mercado interior. El tribunal determinó que las instituciones de la UE no pueden usar la competencia sobre el mercado interior como vía indirecta para regular ámbitos en los que los Estados miembros conservan mayor autonomía, incluida la protección medioambiental, donde la competencia de la UE se limita a fijar estándares mínimos.

Plazos de cumplimiento y sanciones

Desde el punto de vista jurídico, la reforma marca un cambio del principio de conformidad del producto al principio de responsabilidad durante todo el ciclo de vida del envase. Las infracciones conllevan la retirada o exclusión del mercado de los envases no conformes, junto con sanciones administrativas que el reglamento exige que sean "efectivas", es decir, lo bastante significativas como para que las empresas las noten. El análisis de delfi.lv recomienda que no solo los fabricantes y distribuidores de envases, sino también las empresas de producción y los prestadores de servicios de todos los sectores, evalúen qué requisitos del Reglamento de Envases les son aplicables y comiencen a adaptarse con antelación, para reducir el riesgo de retrasos en la cadena de suministro y el uso de envases no conformes una vez que comience la aplicación directa el 12 de agosto de 2026.

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